homologaciones varias....

Preparacion de quedadas y eventos, hilos tematicos, hilos directamente relacionados con el Team y su modelo.

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oki02
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homologaciones varias....

Mensaje por oki02 »

Wenas gente!

llevo un par de semanas harto de esperar que mi calibra este listo para poder pasar la itv como Dios, en este caso las maquinas dela pelo, le trajeron al mundo.

Nose si yo soy el único pero me rebienta mogollón tener que "desactualizar" mi coxe cada vez que tengo que pasar la puta inspeción. Coño con tanta parafernalia el único que se lleva la pasta de todo esto es el mecanico..


El sábado estuve comentandoselo a una compañera de trabajo y casualmente su novio es ingeniero y se acaba de montar una empresilla para "legalizar modificaciónes en vehículos a motor" tanto para camiones como para automoviles varios.

Me puse en contacto con él para ver si podía sacarle un descuento por ir en grupo, :wink: y me comentó, que como ahora que está empezando, lo que necesita es clientes y que los Proyectos Técnicos los haría a un precio razonable (osea más barato de el resto) dependiendo claro está en la obra que se le halla exo al coxe....

si alguno se quiere poner en contacto que el xaval le mando la direción por privado.


Es una buena oportunidad para todos los que teneis añadidos, paragolpes y demás que esteis hartos de cambiar y descambiar para una puta inspección tecnica.
La nueva era japo se acerca
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oki02
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Mensaje por oki02 »

si os aburris y quereis saberlo esto son las <<Reformas de Importancia>> que el gobierno "permite hacer a un vehículo a motor"


Para la legislación española todo cambio que afecte a las características fundamentales y/o las condiciones de seguridad del vehículo y que no esté incluido en la correspondiente Homologación de Tipo y/o TIT (tarjeta de Inspección Técnica) se denomina «Reforma de Importancia». El Real Decreto 736/1988 del 8 de julio de 1988, define las reformas de importancia como sigue: «Es toda modificación o sustitución efectuada en un vehículo, previo o no a su matriculación, y que, no estando incluida en su homologación de tipo, o bien cambia alguna de las características en la Tarjeta ITV del mismo, o es susceptible de alterar las características fundamentales y/o las condiciones de seguridad reglamentariamente definidas». Las reformas de importancia pueden ser catalogadas como individualizadas (practicadas en un solo vehículo) o generalizadas (las practicadas en más de un vehículo del mismo tipo).

Como Reforma de Importancia se consideran las operaciones siguientes, efectuadas antes o después de la matriculación del vehículo:

1. Motor. La sustitución del motor por otro de distinta marca o tipo.

2. Mecánica. Modificación del motor que cambie sus características mecánicas o termodinámicas.

3. Ubicación. Cambio de emplazamiento del motor.

4. Alimentación. Modificación del sistema de alimentación de carburante.

5. Frenos. Cambios en el sistema de frenado.

6. Ralentizador. Incorporación de un ralentizador o freno motor.

7. Caja de Cambios. Sustituir la caja de cambios manual por otra automática, semiautomática o viceversa o por otra de distinto número de marchas.

8. Minusválidos. Adaptación para la utilización de personas discapacitadas.

9. Suspensión. Modificación del sistema de suspensión.

10. Dirección. Modificación del sistema de dirección.

11. Ruedas. Montaje de separadores o ruedas de especificaciones distintas a las originales.

12. Neumáticos. La sustitución de neumáticos, incluidos en la homologación tipo del vehículo, por otros que no cumplan los siguientes criterios de equivalencia: - Indice de capacidad de carga igual o superior. - Indice de categoría o velocidad igual o superior. - Igual diámetro exterior. - Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.

13. Ejes. Montaje de ejes supletorios o sustitución de ejes tandem por tridem o viceversa.

14. Chasis. Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, cuando la parte sustituida lleve grabado el numero de bastidor.

15. Carrocería. Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, cuando origine modificación en sus dimensiones o en sus características mecánicas o sustitución total de la carrocería por otra de características diferentes.

16. Batalla. Modificaciones de la distancia entre ejes o de voladizo.

17. Peso. Aumento del Peso Técnico Máximo Admisible (PTMA).

18. Plazas. Variación del numero de asientos no incluida en la homologación de tipo y, en su caso, del número de plazas de pie.

19. Transporte. Transformar un vehículo de transporte de personas en otro de transporte de cosas.

20. Camiones. Transformación de un camión cualquiera a camión-volquete, camión-cisterna, camión-isotermo y frigorífico, camión-grúa, tractocamión, camión hormigonera o portavehículos.

21. Autoescuela. Transformación a vehículo autoescuela.

22. Blindados. Transformación a vehículo blindado.

23. Cabinas. Modificación de las dimensiones exteriores de la cabina de un camión o su elevación, o de su emplazamiento.

24. Altura. Elevación del techo cuando la carrocería esté montada sobre un autobastidor.

25. Vehículos especiales. Transformaciones que afecten a la resistencia de la carrocería o a su acondicionamiento interior, tales como ambulancia, funeraria, autocaravana o techo elevado en el caso de carrocería autoportante.

26. Remolques. Incorporación de dispositivos para remolcar (gancho, bola o quinta rueda).

27. Elevadores. Incorporación de elevadores hidráulicos o eléctricos para la carga de mercancías.

28. Descapotables. Modificaciones del techo (entero, convertible).

29. Luces. Adición de proyectores de luz de carretera.

30. Volante. Sustitución del volante original por otro de menores dimensiones, cuando la diferencia entre los diámetros exteriores de ambos sea mayor del 10% y hasta el 15% del diámetros del primero.

31. Kits. Uso de conjuntos funcionales adaptables «kits» que impliquen una de las reformas antes citadas.

32. Otros. Cambio de alguna de las características indicadas en la tarjeta ITV del vehículo y no incluida en los casos anteriores.

Si se ha realizado alguna reforma incluida entre las 32 citadas, debe realizar los trámites oportunos para su consiguiente inclusión en la Tarjeta ITV. Los requisitos para tramitar la correspondiente autorización son los siguientes.

REFORMAS INDIVIDUALIZADAS.

(Cuando sólo es un vehículo el objeto de la misma):

a) Proyecto Técnico detallado de la reforma a efectuar y Certificación de Obra en la que se indique que la misma se ha realizado según lo establecido en dicho proyecto, suscritos ambos por un técnico competente (ingeniero industrial). En la Certificación de Obra se hará constar el taller que la realizó y la fecha en que se hizo. Este apartado es obligatorio cumplir para los casos: 3. 4. 5. 9. 10. 13. 15 . 16. 17. 19. 20. 22. 23. 24 y 25).

b) Dictamen de un Laboratorio de automóviles acreditado o Informe de conformidad del fabricante del vehículo, en el que se indique que la reforma no disminuye las condiciones de seguridad del vehículo. Obligatorio para los casos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. y 32.

c) Certificación del Taller en el que se efectuó la reforma de la correcta realización de la misma, indicando el lugar y fecha. Para los casos: 1. 2. 6. 7. 8. 11. 12. 14. 18. 21. 26. 27. 28. 29. 30. 32.

En el caso de que la reforma que se pretende efectuar esté cubierta por una homologación, se acompañará certificación a la documentación y en ese caso no será necesario la presentación del Estudio Técnico.


estoy para lo que necesiteis..


un saludo!
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AlvaritoPal
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Mensaje por AlvaritoPal »

Para los foreros del norte: www.homologastur.com

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Srg_turbo
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Mensaje por Srg_turbo »

uno de los chicos de homologastur tiene un Opel Kadett C20LET
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oki02
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Mensaje por oki02 »

Hoy el amigo me ha dado la tarjeta con los datos

la web: http://www.inizzia.com

el mail si quereis consultar algo sin compromiso: info@inizzia.com

Espero que os sea de ayuda

un saludo a todos!
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